Operadora Hotelera Hidalgo SA de CV

Reglamento Interior del Hotel

Políticas de Reservación

  1. Se entiende por RESERVACIÓN al convenio anticipado de hospedaje que se perfecciona cuando el Hotel acepta y confirma la solicitud del huésped y éste ratifica su petición cumpliendo las siguientes condiciones.
  2. En el caso de las Reservaciones, el hotel se compromete a hacer entrega de la habitación reservada a partir de las 15:00 horas (Check – In). La habitación podrá ser entregada con anterioridad a esta hora siempre y cuando exista disponibilidad para ello.
  3. Se entiende como requisito necesario para la confirmación del acto de reservación, el depósito por adelantado del importe del alojamiento, mismo que deberá ser realizado a más tardar 72 horas después de realizada la reserva y mínimo 24 horas antes de la fecha de alojamiento. Dicho depósito por reservación deberá de haber sido validado por el hotel.
  4. Toda reserva deberá ser garantizada mediante tarjeta de crédito o depósito por una cantidad igual al monto total a pagar por la estancia. En caso de que dicha reserva no se garantice, el Hotel no estará obligado a respetar la reserva.
  5. Las reservaciones están sujetas a disponibilidad y variaciones en tarifas hasta no ser confirmadas.
  6. Una reservación se considera confirmada cuando se ha cubierto el pago total del importe de esta y, una vez validado por el Hotel, éste brinde al huésped su clave de Reservación, misma que deberá presentar al momento de registro junto con su identificación oficial.
  7. Si desea modificar o cancelar su reservación, es necesario ponerse en contacto con el Hotel a la brevedad posible teniendo a la mano su clave de reservación; cualquier cambio de reservación está sujeto a disponibilidad y a una re-cotización de tarifas, en caso de que sea aplicable.

 

Políticas de cambios y Cancelación de reservaciones

 

  1. Cualquier cambio o cancelación a su reservación deberá solicitarla al +52 (324) 243 – 2100 con anticipación mínima de 24 horas antes de la fecha de llegada al Hotel proporcionando su clave de reservación.
  2. En el caso de Cancelación de Reservación con Depósito por Reservación, se realizará reembolso de este siempre y cuando se cumpla con el periodo de cancelación estipulado en el punto anterior.
  3. El huésped que no hiciera uso de su reservación en la fecha estipulada, o no hiciera llegar al Hotel la cancelación con 24 horas de anticipación como mínimo, perderá en principio, el importe de su depósito (en lo sucesivo, el cargo de “No Show”).
  4. Para las cancelaciones de reservas realizadas el mismo día de la estancia, no aplicarán cambios ni cancelaciones, por lo que se hará el cargo de “No Show”.
  5. En caso de que una reservación no haya sido pagada por el huésped, ésta se considerara como No garantizada y el Hotel no estará obligado a respetar la estancia de la misma.
  6. En estancias de más de una noche, si el huésped no se presenta al Hotel en la fecha y hora establecidas para el registro del Chek-in, se aplicará el cargo de “No Show” solo por la primera noche de habitación reservada más impuestos. El resto de la estancia se cancelará automáticamente.

Políticas Generales

  1. Régimen Jurídico. Las relaciones que se produzcan debido a los servicios de hospedaje que los clientes o huéspedes reciban de este establecimiento, se regirán por la legislación mercantil y supletoriamente por la civil aplicable, por la Ley Federal de Turismo, el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje, Campamentos y Paradores de Casas Rodantes, así como por el Reglamento Gubernativo correspondiente. Estas disposiciones se consideran obligatorias, conocidas y aceptadas por el cliente y se aplicarán además de los usos y prácticas comunes que rijan sobre la materia en esta plaza.
  2. Registro e Identificación del Huésped. El huésped tiene la obligación ineludible de registrarse llenando personalmente la tarjeta u hoja de registro establecidas por esta negociación. Cuando los huéspedes sean un grupo contratado con anterioridad, su representante llenará las tarjetas de registro o entregará listas que reúnan los requisitos. La empresa negará alojamiento al huésped que no cumpla con este requisito y está facultado para exigir, si lo estima oportuno, la identificación del solicitante y de las personas que lo acompañen en el hospedaje.
  3. Tiempo de Hospedaje. El huésped, de conformidad con la empresa, especificará en la tarjeta de registro el número de días que estará hospedado en el hotel. Se considera como unidad de tiempo en el contrato de alojamiento, el tiempo de un día cuya expiración queda fijada a las 12:00 horas del cada día.

Se entiende cumplido el primer día de alojamiento, dentro del horario indicado, cuando la ocupación del cuarto tenga efecto antes de las 06:00 horas.

Cuando no se haya fijado la duración del alojamiento en la tarjeta de registro se entenderá el hospedaje contratado por un solo día y las estancias por mayor tiempo se considerarán como prórrogas implícitas y voluntarias, de veinticuatro horas cada vez, pudiendo el hotelero poner fin al alojamiento en cualquier momento previo aviso al huésped. En los casos de alojamiento convenidos por un lapso mayor, la regla anterior será aplicable al finalizar el tiempo contratado.

  1. Obligaciones del Huésped. Pago de Tarifa. Es obligación del huésped liquidar puntualmente el importe de la cuenta causada en la negociación cuando sea requerido por la empresa. La tarifa del servicio de hospedaje queda establecida en los respectivos tarjetones que rigen en este establecimiento que haya autorizado la Secretaría de Turismo, ya sea a través de un acuerdo de tipo general o de una autorización expresa. El pago podrá ser exigido por adelantado. El huésped que el día de su salida desocupe la habitación después de las 12:00 horas establecidas en el punto anterior, queda al obligado al pago de una fracción de la tarifa siempre y cuando desocupe antes de las 17:00 horas. Después de este horario, se deberá pagar el importe correspondiente a otro día. La falta de pago por parte del huésped causará la recisión del servicio de hospedaje y el hotel podrá hacer uso de la fuerza pública para exigir el pago y llevar a cabo la desocupación de la habitación.
  2. Otras Obligaciones del Huésped. Quedo estrictamente prohibido a los huéspedes:
    1. Hacer ruidos molestos, provocar altercados, introducir músicos, traer animales y, en general, cualquier acto que perturbe o incomode a los demás huéspedes.
    2. Fumar en el interior de las habitaciones, sanitarios de uso común del hotel y cafetería, pasillos, estacionamiento, recepción y, en general, en cualquier zona techada del hotel.
    3. Utilizar las habitaciones para juegos de azar prohibidos por la ley o celebrar reuniones que tengan por objeto alterar el orden público o desobedecer las leyes o reglamentos vigentes.
    4. Usar la corriente eléctrica y los equipos mecánicos instalados en su habitación para otros fines que no sean a los que son destinados.
    5. Deteriorar el mobiliario, la decoración o bienes de la negociación, dándoles un destino impropio al de su servicio.
    6. Ejecutar cualquier acto que ocasione daños o perjuicios al hotel y a los demás huéspedes, o sea contrario al decoro o al cumplimiento social.

El hotel se reserva el derecho de dar por terminado el servicio de hospedaje, cuando se infrinjan las prohibiciones señaladas, sin que el huésped causante de ellas tenga derecho a reembolso o reducción alguna en su adeudo por el hospedaje o servicios recibido, quedado obligado además al pago o indemnización de los daños o perjuicios que cause su proceder.

  1. El fumar dentro de la habitación se encuentra estrictamente prohibido. A quien llegase a incumplir con esta regla, además negársele el servicio y solicitarle desocupe su habitación, se le realizará el cobro de una noche. Esto derivado del bloqueo de la habitación para poder llevar acabo servicio de limpieza profunda de la misma.
  2. Los huéspedes deberán dejar en la recepción o administración las llaves de su cuarto cada vez que salgan del establecimiento. Además, no podrán alojar en su habitación a personas diferentes a las registradas y, en todo caso, darán aviso previo a la administración de cualquier variación en el número o identificación de las personas que originalmente se registraron. En ningún caso el número de personas alojadas en cada habitación podrá ser mayor de la capacidad asignada por la empresa a cada cuarto.
  3. Es obligación del huésped informar a la administración del hotel sobre cualquier padecimiento o enfermedad contagiosa, fallecimiento, infracción o delito que acontezca en el establecimiento y sean de su conocimiento, a fin de que la empresa pueda, a su vez, tomar las medidas oportunas y dar cuenta inmediata a la autoridad cuando proceda.
  4. Obligaciones del Hotel. El Hotel, en su prestación de servicios de hospedaje, se compromete al cumplimiento de lo expresamente pactado, de acuerdo con la naturaleza del alojamiento y las reglas apegadas al uso y a la práctica existente en esta plaza y a lo que ordenen las leyes y reglamentos aplicables.
  5. Responsabilidades del Hotel. El hotel responde únicamente como depositario de los valores, dinero, alhajas y demás bienes que los huéspedes constituyen en depósitos en la administración del hotel y sean recibidos en tal concepto por el personal de recepción.
  6. Disposiciones Varias. La empresa no autoriza el acceso a las habitaciones ocupadas por los huéspedes de ninguna persona que no haya sido previa y expresamente autorizada por el cliente y en todo caso, se reserva el derecho de no permitir en la habitación visitas de otras personas.

Las personas que ostenten la presentación del hotel o presten los servicios inherentes al hospedaje, tendrán libre acceso a los cuartos ocupados por los clientes.

Cuando los huéspedes se ausenten por más de setenta y dos horas sin previo aviso a la administración podrá la administración dar por suspendido o rescindido el contrato de hospedaje según sea el caso, y proceder a recoger el equipaje conforme se previene en el siguiente artículo salvo en el caso de que el valor real del equipaje del huésped no garantice el importe de la cuenta. En esta circunstancia se podrá rescindir o suspender el hospedaje con la ausencia del huésped por mas de veinticuatro horas.

  1. El Equipaje como Garantía. El equipaje y demás bienes que introduzcan los huéspedes en el establecimiento se consideran propiedad de la persona que efectúa el registro y podrán responder preferentemente de todos los adeudos que, por concepto de hospedaje, servicios complementarios y otros consumos causen las personas comprendidas en el registro activo si son aceptados en su oportunidad en el hotel. Todos estos bienes podrán ser retenidos en calidad de prenda por el hotel, conforme al principio citado en el punto número cuatro de este Reglamento y, en su oportunidad ejecutan la prenda, pasados treinta días de la fecha en que se debió haber pagado la cuenta, mediante la venta del equipaje por conducto de un corredor público autorizado.
  2. Es obligación del huésped conservar en perfectas condiciones el mobiliario y equipos y demás accesorios que se pongan a su alcance para su uso. En caso contrario, tendrá la obligación a su cargo de cubrir los daños y perjuicios que por su negligencia se provoquen a los mismos.
  3. El hotel no se hace responsable del costo por cualquier accidente o percance dentro de sus instalaciones siendo estos ocasionados por negligencia del huésped.
  4. El presente reglamento de ha elaborado de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Turismo en vigor y lo dispuesto en el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje, Campamentos y Paradores de Casas Rodantes, siendo su cumplimiento obligatorio, tanto para la empresa como para los huéspedes.